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Empresas
Economía
Desde el 15 de julio de 2026 la jornada laboral en Colombia será más corta.
Autora: Paula Bedoya
15 de julio de 2026
Aquí 5 puntos clave sobre la reducción de la jornada laboral pa’ que su empresa no se haga la de las gafas con eso.
La Ley 2101 de 2021 bajó la cantidad de horas de trabajo semanales en Colombia de 48 horas en julio de 2021 a 42 horas desde este 15 de julio de 2026. La razón es que Colombia, junto a México, eran los países que tenían las jornadas laborales más largas de la OCDE, un grupo de países con buenas prácticas.
Así sean menos horas semanales, por ley su empresa le debe pagar el mismo salario. Eso hace que automáticamente el valor de la hora suba. Por ejemplo, la hora mínimo antes del 15 de julio era $7.959 y con esta nueva jornada queda en alrededor de $8.338. Si usted gana más de un mínimo, el cálculo se hace con base a $8.338.
Según la ley, la pipol que es funcionaria pública (o sea que tiene un cargo en el Estado) no tiene ninguna reducción en la jornada laboral. Tampoco aplica pa’ la pipol que tiene contratos de prestación de servicios porque en teoría ahí no hay relación laboral, entonces no tienen que cumplir horarios y responden por entregas puntuales.
Porque con la reducción de la jornada laboral se eliminó la obligación para las empresas de dar el día de la familia una vez por semestre, o sea, dos veces al año. Las empresas pueden seguir dando ese día libre si quieren u organizar un compartir en la empresa.
Se pueden distribuir en mínimo 5 días o máximo 6 días siempre y cuando respeten las horas diarias (4 horas seguidas al día o 9 horas máximo). Por ejemplo, su empresa podría dejar su horario normal de lunes a jueves y que el viernes solo trabaje hasta el medio día.
Este es el pago de las horas trabajadas los domingos y festivos que subieron como parte de la reforma laboral (Ley 2466 de 2025). Antes de la reforma era 75% adicional sobre la hora normal, pero con la reforma laboral ese porcentaje subirá gradualmente a 100%: en 2025 llegó a 80% y desde julio de 2026 sube a 90%.
Ñapa: Si su empresa no aplica esa reducción de la jornada usted puede reclamar en las direcciones territoriales del MinTrabajo o con jueces del trabajo y ahí investigan el caso.
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